
Informar directamente a las víctimas es una obligación; apartar a las organizaciones que las acompañan no es una alternativa, sino una decisión que exige explicaciones.
Hay decisiones políticas que, aun amparándose en argumentos administrativos, tienen una trascendencia que va mucho más allá de un cambio de procedimiento. La decisión de la consejera vasca de Justicia y Derechos Humanos, María Jesús San José, de dejar de facilitar a las asociaciones de víctimas información sobre las medidas de flexibilización penitenciaria aplicadas a presos de ETA es una de ellas.
Y lo es porque afecta a quienes más razones tienen para exigir claridad: las víctimas del terrorismo, sus familias y todas aquellas personas que llevan décadas reclamando que la justicia no se convierta en una cuestión secundaria frente a los intereses políticos.
La explicación del Gobierno vasco sostiene que las víctimas serán informadas directamente y que el cambio pretende corregir deficiencias en las comunicaciones y evitar filtraciones de datos protegidos. Pero esta justificación no resuelve la cuestión fundamental. ¿Por qué mejorar la información directa a las víctimas debe implicar cerrar el canal de comunicación con las asociaciones que ellas mismas han elegido para acompañarlas, asesorarlas y defender sus derechos?
No existe una incompatibilidad evidente entre ambas vías. Se puede informar personalmente a cada víctima y, al mismo tiempo, mantener una relación transparente y reglada con las organizaciones que trabajan en su representación. Si se han producido filtraciones, deben investigarse; si ha habido fallos en las comunicaciones, deben corregirse. Lo que resulta difícil de justificar es que la respuesta consista en apartar a las asociaciones críticas sin que se hayan explicado públicamente, con la precisión necesaria, las irregularidades que motivan semejante decisión.
Cuando las críticas molestan, la transparencia no puede ser la primera víctima
El cambio de criterio llega en un contexto de fuertes críticas de COVITE y de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) a las decisiones penitenciarias adoptadas por el Ejecutivo vasco. Ambas organizaciones han cuestionado la concesión de terceros grados y la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a condenados de ETA, medidas que pueden permitir modalidades de cumplimiento más flexibles y, en determinados supuestos, salidas de prisión.
Las asociaciones consideran que algunas de estas decisiones favorecen una progresiva salida de prisión de condenados por terrorismo sin que, a su juicio, existan garantías suficientes de que se hayan satisfecho las exigencias legales y las necesidades de las víctimas. Algunas resoluciones han sido recurridas por la Fiscalía y determinadas decisiones han sido anuladas judicialmente.
Conviene precisar que el artículo 100.2 y el tercer grado son instrumentos previstos en el ordenamiento penitenciario, cuya aplicación debe evaluarse individualmente y conforme a la ley. No toda medida de flexibilización equivale a una excarcelación definitiva ni puede calificarse automáticamente de irregular. Precisamente por eso, las resoluciones deben estar justificadas, sometidas a los controles correspondientes y abiertas al escrutinio legítimo.
Pero una cosa es que las decisiones penitenciarias se adopten conforme a la normativa y otra muy distinta que la Administración pretenda reducir los cauces por los que las asociaciones pueden conocerlas, examinarlas y expresar sus objeciones.
La crítica no puede convertirse en motivo para limitar la información. Y mucho menos cuando procede de organizaciones cuya razón de ser es defender a quienes sufrieron el terrorismo.
Si el Gobierno vasco considera que sus decisiones son correctas, legales y están suficientemente motivadas, debería poder explicarlas y defenderlas con argumentos. La transparencia no debilita una política penitenciaria ajustada a derecho; la fortalece. Por el contrario, restringir los cauces de información en medio de una controversia pública alimenta la desconfianza y deja preguntas sin responder.
Las asociaciones no son un obstáculo: son parte del apoyo a las víctimas
La consejera María Jesús San José asegura que se habilitarán vías para que las víctimas reciban información directa. Es una medida necesaria, pero no basta para justificar la eliminación de otro canal de comunicación.
Las víctimas no son un colectivo homogéneo. Cada persona afronta su experiencia de una manera distinta y no todas disponen de los mismos recursos para comprender una resolución penitenciaria, valorar sus consecuencias o determinar qué actuaciones pueden emprender. Las asociaciones proporcionan acompañamiento, orientación, asesoramiento y, cuando procede, apoyo jurídico. También permiten que quienes han sufrido delitos terroristas no tengan que afrontar en soledad decisiones administrativas que pueden reabrir heridas y generar una profunda sensación de indefensión.
COVITE, presidida por Consuelo Ordóñez, y la AVT han expresado su rechazo a la medida y han defendido que la comunicación directa con las víctimas es compatible con el mantenimiento de la colaboración institucional con sus organizaciones.
Su planteamiento es razonable: las víctimas deben poder decidir libremente si quieren recibir la información por sí mismas, a través de una asociación o mediante ambos canales, dentro de los límites que establezca la ley. No corresponde a la Administración debilitar esa capacidad de elección sin ofrecer una justificación convincente.
Tampoco resulta aceptable que se presente la comunicación directa como una solución completa si, al mismo tiempo, se restringen las herramientas que permiten a las organizaciones contrastar información, detectar posibles problemas y defender los intereses de sus asociados.
Las asociaciones no sustituyen a los tribunales ni deciden sobre el cumplimiento de las condenas. Su función es otra: acompañar a las víctimas, exigir que se respeten sus derechos y recordar que detrás de cada expediente hay personas que padecieron las consecuencias del terrorismo. Una Administración comprometida con ellas debería considerar esa labor un apoyo, no una incomodidad.
La reinserción no puede utilizarse para silenciar a quienes reclaman justicia
La reinserción forma parte de los principios constitucionales que orientan el sistema penitenciario español. Nadie debería cuestionar que una persona condenada pueda acceder a las medidas previstas legalmente cuando reúna los requisitos exigidos. Pero defender la reinserción no significa renunciar a los controles, ignorar los derechos de las víctimas ni convertir cualquier crítica a una decisión penitenciaria en una posición contraria a la ley.
En el caso de los condenados por ETA, la sensibilidad social es especialmente intensa. Durante décadas, la organización terrorista asesinó, hirió, secuestró y amenazó a ciudadanos, servidores públicos y representantes democráticos. Muchas familias siguen viviendo con la ausencia de quienes nunca regresaron a casa. Otras continúan reclamando respuestas, reconocimiento del daño causado y una memoria que no desdibuje la responsabilidad de los asesinos.
Por eso, las decisiones sobre el cumplimiento de las condenas deben explicarse con rigor y sensibilidad. Las víctimas no tienen derecho a decidir por sí solas el régimen penitenciario de un condenado, pero sí tienen derecho a que se respeten las garantías que les reconoce la legislación, a recibir la información que legalmente les corresponda y a no ser relegadas cuando expresan una discrepancia legítima.
La reinserción y los derechos de las víctimas no son conceptos incompatibles. Lo que sí resulta incompatible con la confianza pública es que una Administración invoque la protección de las víctimas mientras adopta una decisión que las asociaciones que las representan interpretan como una pérdida de transparencia.
Si hubo filtraciones, que se investiguen. Si hubo errores, que se corrijan
El Gobierno vasco ha aludido a fallos en la transmisión de información y a filtraciones de aspectos sensibles de los expedientes. Son cuestiones serias que, de haberse producido, deben esclarecerse. La protección de datos personales y la confidencialidad de la información penitenciaria son obligaciones que deben cumplirse sin excepciones.
Pero una acusación de esta naturaleza exige concreción, investigación y responsabilidades cuando procedan. No debería servir como argumento genérico para cerrar un cauce de colaboración con organizaciones que han cuestionado decisiones del propio Ejecutivo.
La consejería debe explicar qué fallos detectó, qué medidas adoptó para corregirlos y por qué considera que la eliminación del canal es necesaria. También debería aclarar cómo garantizará que las víctimas que deseen contar con el apoyo de COVITE, la AVT u otras entidades puedan seguir ejerciendo sus derechos sin obstáculos añadidos.
La transparencia no consiste únicamente en comunicar lo que la Administración decide comunicar. También exige explicar los cambios de criterio, justificar las restricciones y aceptar que las decisiones públicas sean examinadas y criticadas.
Tribuna Benemérita-Fiel en el Deber: las víctimas no pueden quedar en segundo plano
Desde Tribuna Benemérita y la Asociación FIEL en el DEBER, consideramos que la decisión de la consejera María Jesús San José es profundamente desacertada y merece una rectificación. El Gobierno vasco debe mantener y mejorar la información directa a las víctimas, pero también recuperar un cauce estable de colaboración con las asociaciones que las acompañan y defienden.
No se trata de conceder a estas organizaciones un privilegio ni de situarlas por encima de la ley. Se trata de reconocer la función que desempeñan y de evitar que el ejercicio de una crítica legítima termine convertido, en la práctica, en una desventaja para quienes reclaman explicaciones.
Las instituciones democráticas deben ser especialmente cuidadosas cuando sus decisiones afectan a víctimas del terrorismo. No basta con invocar formalmente sus derechos; hay que garantizar que puedan ejercerlos con información suficiente, acompañamiento y respeto. Tampoco basta con afirmar que se actúa en su beneficio si la medida adoptada genera dudas razonables sobre la transparencia del procedimiento.
La memoria de las víctimas de ETA no puede reducirse a homenajes, declaraciones institucionales o minutos de silencio. Se demuestra también en la forma en que las administraciones actúan cuando deben adoptar decisiones que afectan a los responsables de los delitos que destruyeron tantas vidas.
Quienes sufrieron el terrorismo no deben convertirse en espectadores de decisiones que les afectan ni verse obligados a elegir entre recibir información de la Administración y contar con el apoyo de las asociaciones en las que confían.
Por ello, reclamamos al Gobierno vasco que reconsidere esta decisión, explique con claridad los motivos que la han provocado y garantice que la información directa a las víctimas sea compatible con la colaboración con sus asociaciones. Si hubo errores, que se corrijan. Si hubo filtraciones, que se investiguen. Pero que ninguna de esas circunstancias se utilice para reducir la transparencia ni para debilitar la voz de quienes llevan años defendiendo los derechos de las víctimas.
La justicia exige legalidad, la democracia exige transparencia y las víctimas merecen respeto. No se puede invocar su protección para cerrar puertas a quienes trabajan por ellas.






































































