
Superaba en ocho veces la tasa de alcohol permitida en aire espirado
29 de noviembre 2022.- La Guardia Civil, en torno a las 17:30 horas del día de ayer, en la carretera LU-541 (Rábade – Villalba), término municipal de Rábade (Lugo), se identifico al conductor de un vehículo articulado de 40.000 kilogramos de masa máxima autorizada que transportaba papel.
Al serle requeridos a su conductor y único ocupante los documentos del vehiculo, se observan varios envases de bebidas alcohólicas en el interior de la cabina y un fuerte olor a alcohol. Hechos que motivaron que fuese requerido para la realización de las preceptivas pruebas de detección de alcohol en aire espirado en un etilómetro homologado, arrojando un resultado positivo que prácticamente era ocho veces superior a la tasa máxima permitida. Señalar que para los conductores profesionales, como es el caso, de servicio de urgencia, noveles, mercancías peligrosas o transportes especiales, la tasa máxima permitida es de 0,15 mg/l.
A la vista del resultado de las pruebas de impregnación alcohólica realizadas, que de acuerdo con la legislación vigente son de por si constitutivas de un ilícito penal, por la comisión de un presunto delito de conducción superando las tasas de alcohol legalmente establecidas, se procedió a la investigación como supuesto autor al conductor del camión, que resultó ser un varón, de 41 años y vecino de Becerreá (Lugo), citándolo para Juicio Rápido en el Juzgado de Instrucción de Guardia de los de Lugo. Quedando el vehículo inmovilizado hasta que se hizo cargo de su conducción otro conductor designado por la empresa, tras comprobarse por la Guardia Civil que reunía los requisitos necesarios para hacerlo y ser sometido con carácter preventivo a la prueba de detección alcohólica.
La Guardia Civil recuerda que la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y en todo caso cuando se condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.









































































