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La Justicia reconoce a un cabo y a un guardia civil que deben percibir los complementos salariales de puestos establecidos para el empleo de suboficial y que desempeñaron durante más de 30 días

La Dirección General de la Guardia Civil deberá abonar a un cabo primero y a un guardia civil los complementos salariales correspondientes al puesto de suboficial que desempeñaron durante más de 30 días.

Una de las resoluciones, emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estima el recurso presentado por un guardia civil y reconoce su derecho a percibir los componentes singular y general del complemento específico, el complemento de destino y la productividad vinculados al cargo de jefe de Plana Mayor de una de las compañías de la Comandancia de Las Palmas.

En la misma línea, el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo ha fallado a favor de un cabo primero, reconociéndole el derecho a cobrar los mismos conceptos retributivos por el desempeño del puesto de jefe de Área de Puesto Principal, también reservado para el empleo de subteniente o brigada. En este último caso, el tribunal condena además en costas a la Dirección General de la Guardia Civil, por una cuantía superior a los 1.000 euros.

Estas resoluciones se suman a otros casos que avala las reclamaciones de los agentes que asumen temporalmente funciones de rango superior, creando jurisprudencia al respecto.