
La Benemérita consolidó su prestigio mediante actuaciones eficaces y una estricta disciplina en el cumplimiento del deber
En el núm. 126 de El Mentor del Guardia Civil, de 16 de marzo de 1858, se publicó por la Inspección General de la Benemérita la distribución de los 10.500 hombres que contaba el Cuerpo (8.850 de Infantería y 1.650 de Caballería), según real orden de 12 de febrero anterior, así como 1.500 caballos, en las 48 provincias en que estaban entonces prestando servicio. Es decir, todas las de la Península y la de las Islas Baleares.
En la provincia de Cádiz continuaba desplegada la 3ª Compañía del Tercer Tercio de la Guardia Civil (Sevilla). Tenía una plantilla de 326 miembros del benemérito Instituto, de los que 260 eran de Infantería y 66 de Caballería, contando con 62 caballos.
También en ese mismo ejemplar de dicho periódico se publicaba el resumen de las aprehensiones del Cuerpo en las mentadas 48 provincias, efectuadas en enero de 1858. En total, 2.132 detenidos: 636 delincuentes, 451 ladrones, 93 reos prófugos, 41 desertores y 911 personas por faltas leves, habiéndose intervenido además 18 contrabandos. Debe significarse que entonces la persecución principal del contrabando estaba encomendada al Cuerpo de Carabineros del Reino. Respecto a Benemérita de la provincia de Cádiz, detuvo ese mes a 172 personas: 45 delincuentes, 30 ladrones, 5 reos prófugos, 1 desertor y 91 personas por faltas leves, habiendo intervenido además 4 alijos de contrabando.
En el siguiente número de El Mentor del Guardia Civil, el 127, de 24 de marzo, se publicaba un listado suscrito seis días antes, por provincias, relativo al número de hombres que realmente faltaban por completar la plantilla de los 10.500 citados anteriormente. A nivel nacional había 519 vacantes de las que 27 correspondían a la provincia de Cádiz. La prioridad en el benemérito Instituto en materia de personal seguía siendo la misma desde su fundación en 1844, es decir, seleccionar con rigor el ingreso y la permanencia de los más idóneos.
Poco después, concretamente en el núm. 133, publicado el 8 de mayo siguiente, aparecía en las páginas dedicadas a los servicios más distinguidos del Cuerpo, los prestados por el puesto de Algeciras. Resultó que el cabo 1º Pedro Martínez Díaz, comandante de dicha unidad, había tenido conocimiento de que el 26 de febrero anterior resultaron heridos dos niños de aquella vecindad, por un vecino de la misma. Inmediatamente, dispuso que los guardias civiles Antonio Santos Pérez y Lucas Fernández Pascual, “salieran para prender al delincuente, lo que lograron a los pocos momentos”. Puesto a disposición judicial del partido, dicha autoridad “quedó muy complacida de la pronta captura del agresor”, y el II Duque de Ahumada, como inspector general de la Benemérita, se hizo constar que, “se ha enterado con satisfacción de este buen servicio”.
En El Mentor del Guardia Civil núm. 137, de 8 de junio siguiente, se reseñó otro servicio del puesto de Algeciras. Nuevamente, su comandante, el reiterado cabo 1º Martínez, encabezaba la noticia. Resultó que acompañado esta vez de los guardias civiles José Torres Martín y José Domínguez Pérez, procedió el 25 de abril anterior, a la aprehensión de dos “monederos falsos”, en cuyo interior fueron ocupados, “varios efectos de fabricación, una pistola y un cuchillo”.
Aunque uno de los objetos principales de consulta de este medio de prensa es reseñar los servicios más distinguidos que se iban realizando por los diferentes puestos de la Guardia Civil desplegados por la mayor parte del territorio nacional, en este caso los del puesto de Algeciras, no se puede dejar de citar sus relevantes artículos de opinión. Así, en el número 139, publicado el 24 de junio siguiente, se publicaba un breve artículo del “secretario de la Redacción”, apellidado Ortiz, que comenzaba:
“A medida que la fuerza del Cuerpo va extendiendo su benéfica acción en el país, y que sus individuos se van aleccionando en el servicio del instituto, se van tocando también los resultados de su acción protectora, y las gentes honradas miran con satisfacción que el crimen si no se estirpa, porque esto no es posible, disminuye notablemente sin que la impunidad tan común antes de existir la Guardia civil, aliente a los perpetradores. Los individuos del Cuerpo no conocen patria, edad ni tiempo en los delincuentes; no ven en ellos otra cosa que seres perseguidos por la ley, y como fieles guardianes de esta solo cuidan de someterlos a su fallo.”
Y tras exponer una serie de detalles concretos relativos a un caso puntual, finalizaba afirmando que: “Vemos con satisfacción que no solo a los que delinquen en España, sino también a los extranjeros que huyen a ella, perseguidos por la ley, alcanza la vigilancia de los individuos del Cuerpo, lo que no deja de ser satisfactorio, porque es una prueba evidente de que el servicio del Cuerpo, a medida que se desarrolla, va limpiando el país de toda clase de criminales”.
Muy significativas y de gran trascendencia son las circulares de la Inspección General de la Guardia Civil que se publicaban. En el núm. 140 del mentado periódico, correspondiente al 1 de julio de 1858, aparecía la núm. 87 de 26 de junio anterior. Suscrita por el II Duque de Ahumada, comenzaba: “Habiendo observado que en varias ocasiones al aprehender los individuos del Cuerpo algún presunto reo de un delito cometido en despoblado, como robo de diligencias u otros, se contentan con ponerlo a disposición de la autoridad competente, sin formar las primeras diligencias o sumaria información”, que se disponía en el reglamento para el servicio del Cuerpo.
Por tal motivo, se reiteraba que, “cuando aprehendan algún presunto reo de delito cometido en despoblado, le tomen siempre la primera declaración acerca del delito de que se le crea autor, cómplices que tuviera y demás que pueda dar luz para el completo descubrimiento de los hechos que es lo que constituye las primeras diligencias, con las cuales debe ser entregado al juzgado o autoridad competente”.
Finalizaba afirmando que: “Todos los individuos del Cuerpo deben conocer lo trascendental que puede ser a la recia administración de justicia el dejar de formarse dichas primeras diligencias, y que ni por morosidad ni por consideración de ninguna especie deben dejar de cumplir con esta parte de sus deberes, porque exigiré la mayor responsabilidad al que faltase.
Jesús Núñez Calvo
Coronel de la Guardia Civil (R) y doctor en Historia








































































