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Inicialmente no fue posible la parada del vehículo e identificación “in situ” del conductor, las labores de investigación llevadas a cabo permitieron su identificación.

23 de diciembre de 2023.  Los hechos tuvieron lugar el pasado 02 de diciembre, en la carretera LU-903, término municipal de Monforte de Lemos (Lugo), cuando un cinemómetro de la Guardia Civil, captó a un turismo circulando a una velocidad de 155 km/h, cuando la velocidad máxima permitida en ese lugar es de 60 km/h.

La labor de investigación desarrollada ha permitido conseguir pruebas objetivas que posibilitaron identificar al conductor del vehículo, procediendo a ser informado de los derechos que le asisten en calidad de investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial por conducción a velocidad excesiva. de Monforte de Lemos (Lugo

La Guardia Civil recomienda precaución y respeto a los umbrales de velocidad establecidos. Al ser la velocidad, excesiva o inadecuada, un factor fundamental que determina la mayor o menor incidencia en la siniestralidad vial, así como la gravedad y el grado de las lesiones de las víctimas en caso de siniestro vial. Constituyendo la causa más común y transversal en la producción de accidentes mortales. Debiendo por un lado respetar los límites establecidos, y por otro, adecuar la velocidad a las condiciones que en cada momento presenten la vía, el vehículo o el conductor.

Por otro lado, el vigente Código Penal en su artículo 379 establece que aquel que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor, a una velocidad superior a sesenta kilómetros por hora en vía urbana, o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana, a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de hasta seis meses, y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"