
El Ministerio Público considera prematura la progresión penitenciaria y reclama que continúe, por ahora, bajo el régimen del artículo 100.2
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria la decisión del Gobierno Vasco de conceder el tercer grado penitenciario a Henri Parot, al considerar que la progresión resulta prematura. El Ministerio Público solicita además que la medida quede suspendida cautelarmente mientras se resuelve el recurso.
La Fiscalía reconoce en su escrito la evolución favorable del interno, el correcto desarrollo del régimen flexible que venía cumpliendo al amparo del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, la ausencia de incidencias y la existencia de apoyo social y familiar.
Sin embargo, considera que el tiempo transcurrido desde la aplicación de ese régimen todavía no permite considerar plenamente consolidados los factores necesarios para acceder al tercer grado, que supone un régimen de semilibertad.
La gravedad de los delitos, entre los elementos valorados
El Ministerio Público sostiene que la clasificación penitenciaria debe realizarse mediante una valoración individualizada y global que tenga en cuenta la evolución penitenciaria, el historial delictivo y el pronóstico de reinserción.
En este caso, la Fiscalía recuerda la «extraordinaria gravedad» de los delitos por los que Parot fue condenado, relacionados con su pertenencia a ETA y con múltiples acciones terroristas que provocaron numerosas víctimas mortales y heridos.
Henri Parot ingresó en prisión en 1990 y cumple una condena acumulada de 40 años. Entre los hechos por los que fue condenado figura el atentado contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza de 1987.
La Fiscalía pide mantener el artículo 100.2
Antes de la concesión del tercer grado, Parot ya disfrutaba desde 2025 de la modalidad flexible prevista en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que le permitía salir del centro penitenciario de lunes a viernes para realizar labores de voluntariado, con obligación de regresar posteriormente a prisión.
Para la Fiscalía, este régimen permite seguir observando su evolución y consolidar los avances apreciados sin necesidad de anticipar en este momento la progresión al tercer grado.
Por ello, el Ministerio Público solicita al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que revoque la progresión acordada por el Gobierno Vasco y suspenda cautelarmente sus efectos hasta que se resuelva el recurso.
La decisión definitiva corresponderá ahora al órgano judicial competente.
Redacción | Tribuna Benemérita
La Fiscalía recurre el tercer grado de Henri Parot y pide suspenderlo cautelarmente
El Ministerio Público considera prematura la progresión penitenciaria y reclama que continúe, por ahora, bajo el régimen del artículo 100.2
Redacción | Tribuna Benemérita
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria la decisión del Gobierno Vasco de conceder el tercer grado penitenciario a Henri Parot, al considerar que la progresión resulta prematura. El Ministerio Público solicita además que la medida quede suspendida cautelarmente mientras se resuelve el recurso.
La Fiscalía reconoce en su escrito la evolución favorable del interno, el correcto desarrollo del régimen flexible que venía cumpliendo al amparo del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, la ausencia de incidencias y la existencia de apoyo social y familiar.
Sin embargo, considera que el tiempo transcurrido desde la aplicación de ese régimen todavía no permite considerar plenamente consolidados los factores necesarios para acceder al tercer grado, que supone un régimen de semilibertad.
La gravedad de los delitos, entre los elementos valorados
El Ministerio Público sostiene que la clasificación penitenciaria debe realizarse mediante una valoración individualizada y global que tenga en cuenta la evolución penitenciaria, el historial delictivo y el pronóstico de reinserción.
En este caso, la Fiscalía recuerda la «extraordinaria gravedad» de los delitos por los que Parot fue condenado, relacionados con su pertenencia a ETA y con múltiples acciones terroristas que provocaron numerosas víctimas mortales y heridos.
Henri Parot ingresó en prisión en 1990 y cumple una condena acumulada de 40 años. Entre los hechos por los que fue condenado figura el atentado contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza de 1987.
La Fiscalía pide mantener el artículo 100.2
Antes de la concesión del tercer grado, Parot ya disfrutaba desde 2025 de la modalidad flexible prevista en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que le permitía salir del centro penitenciario de lunes a viernes para realizar labores de voluntariado, con obligación de regresar posteriormente a prisión.
Para la Fiscalía, este régimen permite seguir observando su evolución y consolidar los avances apreciados sin necesidad de anticipar en este momento la progresión al tercer grado.
Por ello, el Ministerio Público solicita al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que revoque la progresión acordada por el Gobierno Vasco y suspenda cautelarmente sus efectos hasta que se resuelva el recurso.
La decisión definitiva corresponderá ahora al órgano judicial competente.
Redacción | Tribuna Benemérita
La Fiscalía recurre el tercer grado de Henri Parot y pide suspenderlo cautelarmente
El Ministerio Público considera prematura la progresión penitenciaria y reclama que continúe, por ahora, bajo el régimen del artículo 100.2
Redacción | Tribuna Benemérita
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria la decisión del Gobierno Vasco de conceder el tercer grado penitenciario a Henri Parot, al considerar que la progresión resulta prematura. El Ministerio Público solicita además que la medida quede suspendida cautelarmente mientras se resuelve el recurso.
La Fiscalía reconoce en su escrito la evolución favorable del interno, el correcto desarrollo del régimen flexible que venía cumpliendo al amparo del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, la ausencia de incidencias y la existencia de apoyo social y familiar.
Sin embargo, considera que el tiempo transcurrido desde la aplicación de ese régimen todavía no permite considerar plenamente consolidados los factores necesarios para acceder al tercer grado, que supone un régimen de semilibertad.
La gravedad de los delitos, entre los elementos valorados
El Ministerio Público sostiene que la clasificación penitenciaria debe realizarse mediante una valoración individualizada y global que tenga en cuenta la evolución penitenciaria, el historial delictivo y el pronóstico de reinserción.
En este caso, la Fiscalía recuerda la «extraordinaria gravedad» de los delitos por los que Parot fue condenado, relacionados con su pertenencia a ETA y con múltiples acciones terroristas que provocaron numerosas víctimas mortales y heridos.
Henri Parot ingresó en prisión en 1990 y cumple una condena acumulada de 40 años. Entre los hechos por los que fue condenado figura el atentado contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza de 1987.
La Fiscalía pide mantener el artículo 100.2
Antes de la concesión del tercer grado, Parot ya disfrutaba desde 2025 de la modalidad flexible prevista en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que le permitía salir del centro penitenciario de lunes a viernes para realizar labores de voluntariado, con obligación de regresar posteriormente a prisión.
Para la Fiscalía, este régimen permite seguir observando su evolución y consolidar los avances apreciados sin necesidad de anticipar en este momento la progresión al tercer grado.
Por ello, el Ministerio Público solicita al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que revoque la progresión acordada por el Gobierno Vasco y suspenda cautelarmente sus efectos hasta que se resuelva el recurso.
La decisión definitiva corresponderá ahora al órgano judicial competente.
Redacción | Tribuna Benemérita









































































