icono FACEBBOK icono TWITTER icono TWITTER icono YOUTUBE icono CARTAS AL DIRECTOR icono_INSTAGRAM.jpg icono DIRECCION icono DIRECCION

cabeceratribunabenemerita

WhatsApp Image 2026 05 05 at 09.41.01

Se investiga a dos varones de nacionalidad española, por dos supuestos delitos contra la seguridad vial por exceso de velocidad de los vehículos que conducían. De los hechos se instruyen las correspondientes diligencias por el equipo de investigación de siniestros viales del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Valladolid que fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción de Guardia de Valladolid

05 de mayo de 2026- Con motivo de la campaña de vigilancia de velocidad DGT-ROADPOL establecida del 13 al 19 de abril, fueron detectados por dos cinemómetros móviles dos turismos marcas Bmw M3 y Golf GTI circulando a velocidades de 203 Km/h y de 206 Km/h a la altura de los Km 6,100 y 6 ,000 de la carretera VA-30 en sentido creciente y decreciente, término municipal de Valladolid, estando esta vía limitada a 100 km/h.

Tras estas detecciones, por patrullas de la Guardia Civil de Valladolid se montaron dispositivos de localización de ambos vehículos, siendo interceptado uno de ellos por una patrulla en la VA-30 sentido A-62 (Cabezón de Pisuerga).

Posteriormente, se llevó a cabo la localización e investigación del otro conductor por la posible comisión de un delito contra la seguridad vial, remitiendo las diligencias correspondientes al Juzgado de Instrucción de Guardia de Valladolid.

 El Código Penal en su artículo 379 establece que quien condujere un vehículo a motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Todo conductor al volante debe circular según la velocidad genérica o específica de la vía, así como a las circunstancias existentes de tráfico, de la vía y de la meteorología.

Este tipo de acciones negligentes y arriesgadas no solo ponen en peligro la integridad de otros usuarios de la vía, sino la propia vida y la de las personas que viajan en el vehículo.