
En la investigación se procedió al decomiso cautelar del vehículo.
13/03/2023 – El pasado sábado la Guardia Civil observó a un vehículo parado en un camino de tierra próximo a la LU-1504 a la altura del kilómetro 2.2, por lo que procedieron a acercarse, momento en el cual el conductor del vehículo, ante la presencia policial reinició la marcha velozmente.
Dicha actitud motivó que la patrulla actuante iniciase el seguimiento del vehículo observando como el conductor y único ocupante, hacía caso omiso a las señales de los agentes, aumentaba peligrosamente la velocidad, y efectuaba numerosas maniobras peligrosas, entre ellas un “trompo” en una zona con afluencia de viandantes y otros vehículos.
Posteriormente el vehículo circulo nuevamente por caminos de tierra, sufriendo varias salidas de vía.
Se solicitó el apoyo de otras patrullas consiguiendo finalmente localizar el vehículo y su conductor que además era el titular del mismo.
El conductor presentaba signos externos evidentes de conducir bajo los efectos del alcohol y/o las drogas, por lo que fue sometido a las pruebas de detección alcohólica, con resultado negativo, y a las pruebas de detección de drogas, con resultado indiciario positivo.
El conductor del vehículo, un varón de 26 años y vecino de Cervo (Lugo), fue investigado por la supuesta comisión dos delitos contra la seguridad vial por conducción temeraria y por conducción bajo la influencia de drogas tóxicas.
Paralelamente, se procedió al decomiso del vehículo, dado que la legislación vigente permite la intervención de los vehículos utilizados en la comisión de delitos contra la seguridad vial, cuando se observe multirreincidencia en la comisión delitos tipificados en los artículos 379 y 384 (excesos de velocidad, conducción bajo los efectos de alcohol o drogas y conducción sin permiso de con pérdida de puntos o privación judicial del mismo), e incluso con carácter excepcional, como en el presente caso, en los supuestos de la comisión de un único delito cuando las tasas, influencia o exceso sea de extraordinaria gravedad y generadoras de un intenso peligro. Asimismo, esta medida, puede llevarse a cabo en aquellos casos de conducción manifiestamente temeraria, como las carreras ilegales.
Los vehículos decomisados, si la Autoridad Judicial así lo determina, pueden ser adjudicados a la Administración del Estado, o en otros casos, entregados en un centro autorizado de tratamiento de vehículos para el achatarramiento de los mismos.
La Guardia Civil recuerda que la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor con temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas está castigado en el Código Penal con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
En el caso de la conducción bajo la influencia de drogas tóxicas o alcohol, las penas establecidas en el Código Penal son prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Por otro lado, esa misma tarde a la altura del kilómetro 1.800 de la carretera LUP0801, término municipal de Begonte (Lugo), se produjo un siniestro vial consistente en salida de vía por margen derecho y posterior vuelco de un turismo. Como consecuencia del mismo afortunadamente se produjeron únicamente daños materiales; si bien sometido su conductor, un varón de 69 años y vecino de A Pontenova (Lugo), a la prueba de detección alcohólica, éste arrojó una tasas positivas que duplicaban la tasa máxima permitida, por lo que se procedió a su investigación como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial.










































































