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La patrulla observó una actitud esquiva y nerviosa en dos jóvenes durante un servicio preventivo de seguridad ciudadana. Además del aparato eléctrico, se encontró entre sus pertenencias una navaja de 8 cm de hoja. Los objetos fueron aprehendidos y los hechos puestos en conocimiento de la autoridad competente

23 de mayo de 2025.- Componentes del Puesto Principal del Alfoz de Burgos han aprehendido un arma prohibida de impulsos eléctricos, de fabricación artesanal, durante un servicio preventivo de seguridad ciudadana llevado a cabo en el marco de los dispositivos habituales de vigilancia activa.

La actuación tuvo lugar cuando una patrulla, que prestaba servicio en una localidad situada en las inmediaciones de la capital, observó a dos jóvenes que, al percatarse de su presencia, adoptaron una actitud esquiva, nerviosa y evasiva.

Los agentes, en base a estos indicios de comportamiento anómalo, procedieron a su identificación y a la inspección superficial de sus pertenencias, como parte de las funciones propias de prevención y protección del orden público. En el transcurso del registro, uno de los jóvenes —menor de edad— portaba ocultos entre sus efectos personales un dispositivo eléctrico de fabricación artesanal, que generaba potentes descargas, visibles al accionar un pequeño interruptor.

Este tipo de artefacto, por su naturaleza, está considerado arma prohibida según la normativa vigente, por lo que fue intervenido y aprehendido, y se procedió a contactar in situ con el tutor legal del menor, que fue informado de los hechos y de las consecuencias administrativas derivadas de la tenencia de este tipo de instrumentos.

Paralelamente, durante el transcurso del registro también se le encontró una navaja de 8 cm de hoja que, dadas las circunstancias –se portaba en un espacio público, sin causa justificativa y acompañada de un dispositivo eléctrico prohibido- fue igualmente intervenida en pos de la salvaguarda de la seguridad ciudadana.

Los objetos incautados suponen un riesgo evidente para la seguridad y han sido puestos a disposición de la autoridad competente. Los hechos pueden ser calificados como infracción grave a la Ley Orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que sanciona la tenencia de armas prohibidas en lugares públicos sin la debida autorización.

Esta infracción puede conllevar la imposición de una sanción económica que, aplicada en su grado máximo, puede ascender hasta los 30.000 euros

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"